Normas de publicidad móvil en las ciudades españolas
¿Se puede usar aquí una bici, una furgoneta o un equipo de calle publicitario? Hemos leído las ordenanzas de 25 ciudades y destinos turísticos. De los 21 que hemos podido valorar, solo 5 tratan la publicidad móvil de forma proporcionada, y ninguno menciona la bicicleta publicitaria.
Proporcionada: bicis, furgonetas y personas en movimiento se permiten libremente o tras una comunicación sencilla. Restrictiva: licencias exigentes, fines limitados o formatos enteros prohibidos. Prohibición general: la publicidad comercial en vehículos, o en el espacio público, está prohibida como norma. Provisional: todavía no hemos leído lo suficiente.
«No se menciona» nunca significa permitido. Cómo investigamos.
Alicante
La promoción que no instala nada en la calle se considera uso común y no requiere permiso. Los puestos y los puntos de reparto de folletos necesitan autorización. Se prohíbe la captación insistente.
Calvià
Sí para los equipos de captación en la calle, con licencia, en zonas y horarios determinados.
Málaga
Sí para las furgonetas en circulación y, probablemente, para las bicicletas. Los captadores necesitan autorización.
Salou
Basta con presentar una comunicación previa para hacer publicidad en la calle. Todo lo que incite al consumo de alcohol se sanciona.
Sevilla
Sí para las furgonetas en circulación y, muy probablemente, para las bicicletas. No para estacionar un vehículo como valla publicitaria. El reparto de folletos requiere comunicación previa al servicio de limpieza.
Barcelona
Vehículos publicitarios solo para los fines tasados, con licencia discrecional y franjas horarias prohibidas. El reparto de folletos requiere licencia.
Benalmádena
Ni hombres anuncio ni captadores. El reparto de folletos requiere licencia. Los vehículos publicitarios estacionados necesitan licencia o los retira la grúa.
Benidorm
Ni captadores en la calle, ni folletos en la playa, ni vehículos publicitarios estacionados. Las furgonetas en circulación no se regulan.
Las Palmas de Gran Canaria
El reparto de folletos y la publicidad sonora están prohibidos. Falta comprobar la norma sobre vehículos.
Lloret de Mar
Las furgonetas publicitarias se permiten previa comunicación. Repartir folletos y llamar a los viandantes está prohibido en todo el término municipal.
Marbella
Se prohíbe repartir folletos que anuncien cualquier cosa. La publicidad en vehículos no se regula en los textos consultados.
San Bartolomé de Tirajana
Los captadores tienen licencia, pero con condiciones estrictas: tarjeta, uniforme, una fianza de 5.000 € por persona y solo a la entrada del local.
Sant Josep de sa Talaia
Equipos de captación y folletos solo en dos zonas de Platja d'en Bossa. Vehículos publicitarios solo para eventos.
Torremolinos
Cualquier vehículo puede llevar publicidad pintada o impresa. Se prohíbe estacionar un vehículo solo para hacer publicidad. No se conceden permisos para el reparto de folletos en la calle.
Torrevieja
Las furgonetas publicitarias pueden obtener licencia, pero no pueden usar altavoces. El reparto comercial de folletos no figura entre las actividades permitidas.
Valencia
Las furgonetas necesitan licencia. En la práctica, las bicicletas no pueden obtenerla. No se puede utilizar a personas como vallas publicitarias andantes.
Bilbao
Toda la publicidad comercial en el espacio público está prohibida con carácter general. La autorización es "excepcionalísima", según la ordenanza, y depende de lo que se ofrezca al ayuntamiento.
Madrid
Ni furgonetas publicitarias, ni reparto de folletos, ni abordar a los viandantes. Los hombres anuncio no se mencionan.
Murcia
Ni vehículos publicitarios, en circulación o estacionados, ni publicidad sonora. El reparto de folletos en la calle está prohibido salvo en los casos que permite la ordenanza.
Santa Cruz de Tenerife
Nada de publicidad en vehículos más allá del nombre o logotipo de la propia empresa. Ni reparto de folletos ni publicidad sonora.
Zaragoza
Ni furgonetas, ni bicicletas, ni remolques publicitarios. Ni publicidad sonora. Folletos solo frente al local anunciado.
Eivissa
Los vendedores de entradas se prohibieron en 2016 y las multas subieron en 2025. El texto de la ordenanza está pendiente de lectura.
Palma
La publicidad en la calle puede controlarse por temporadas en las zonas turísticas. Los textos principales están pendientes de lectura.
Sant Antoni de Portmany
En el West End no se pueden anunciar ofertas de bebidas ni rutas etílicas. Las licencias de los vendedores de entradas se suspendieron en 2016.
Sitges
Se pueden repartir folletos, pero no arrojarlos, esparcirlos ni colocarlos en los coches. Normas sobre vehículos pendientes de lectura.
Pendientes
Fuengirola, Xàbia/Jávea, Dénia, Adeje y Arona: todavía no hemos podido leer lo suficiente de sus ordenanzas para publicar una página. En Adeje y Arona se aplica la prohibición de la ley de turismo de Canarias de usar megáfonos y abordar a las personas en zonas turísticas. Si conoce el texto vigente, escríbanos.