Cómo investigamos
Qué queremos responder
Una pregunta práctica para cada municipio que estudiamos: ¿se puede usar aquí una bicicleta publicitaria, una furgoneta publicitaria o un equipo de calle, y en qué condiciones? La respondemos con las propias normas del ayuntamiento, no con guías, noticias ni afirmaciones del sector.
Qué lugares estudiamos
España tiene unos 8.132 municipios. Hasta ahora hemos investigado 25, alrededor del 0,3 %. Los elegimos por relevancia, no al azar: las mayores ciudades (Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza, Málaga, Murcia, Palma, Bilbao y Alicante) y los principales municipios turísticos, donde la publicidad en la calle más importa (Costa del Sol, Costa Blanca, Costa Brava y Costa Daurada, Mallorca, Ibiza y Canarias).
Es una primera muestra de investigación, no un estudio representativo de España. Cuando damos una cifra, es una cifra de los lugares que hemos investigado.
Cómo encontramos y leemos las normas
- Buscamos en la sede electrónica, el portal de transparencia o el listado de ordenanzas del ayuntamiento, y en los boletines oficiales (BOP, BOIB, BOCM, BORM y BOE).
- Leemos el texto original: la ordenanza publicada o la versión consolidada del ayuntamiento.
- Anotamos el nombre de la ordenanza, sus fechas de aprobación y publicación, los artículos y una cita breve en español.
- Comprobamos si un texto más reciente la ha sustituido. Si no podemos confirmar que está vigente, lo decimos.
Distinguimos entre ordenanzas en vigor, borradores o modificaciones propuestas, interpretaciones oficiales (como las preguntas frecuentes de un ayuntamiento) y noticias de prensa, que solo usamos cuando no hay nada mejor y siempre señalamos.
Cómo clasificamos cada formato
Para seis formatos (bicis, furgonetas en circulación, vehículos publicitarios estacionados, hombres anuncio, promotores en la calle y folletos) anotamos uno de cuatro estados:
- Permitido: el texto lo permite o lo deja expresamente fuera de la norma.
- Con condiciones: se permite con comunicación, licencia o límites de lugar, horario o finalidad.
- Prohibido: el texto lo prohíbe.
- No se menciona: el texto que hemos leído no dice nada.
«No se menciona» no significa permitido. Pueden aplicarse otras normas, como las de tráfico, espacio público o limpieza.
Cómo damos un veredicto
- Proporcionada: bicis, furgonetas y personas en movimiento se permiten libremente o tras una comunicación sencilla, y las normas se dirigen a problemas reales.
- Restrictiva: la publicidad móvil solo es posible con una licencia exigente o para ciertos fines, o se prohíbe un formato entero.
- Prohibición general: se prohíbe como norma la publicidad comercial en vehículos o en el espacio público.
- Provisional: todavía no hemos leído lo suficiente para un veredicto firme.
- Todavía no legible: no hemos podido encontrar o abrir los textos.
El veredicto es nuestra opinión editorial, y lo decimos en cada página. Los hechos en que se basa, los artículos y las citas, aparecen a su lado para que cualquiera pueda discrepar con las mismas pruebas.
Lo que no hacemos
- No damos asesoramiento jurídico. Quien prepare una campaña debe consultar con el ayuntamiento.
- No acusamos a nadie de irregularidades. Cuando señalamos a quién beneficia una norma, decimos claramente si no tenemos pruebas de presiones ni de intención.
La versión completa de esta metodología, con las calificaciones de nuestras cifras propias, está en inglés. ¿Ha visto un error? Escriba a editor@outdooradvertising.es.