Bicis, furgonetas y equipos de calle publicitarios en Marbella
Se prohíbe repartir folletos que anuncien cualquier cosa. La publicidad en vehículos no se regula en los textos consultados.
| Formato | Estado | La norma |
|---|---|---|
| Bicis publicitarias | No se menciona | No se menciona. |
| Furgonetas en circulación | No se menciona | No se regula en las ordenanzas de convivencia ni de ocupación de la vía pública. |
| Vehículos publicitarios estacionados | No se menciona | No se menciona. |
| Hombres anuncio | No se menciona | No se menciona. |
| Promotores en la calle | Con condiciones | Se prohíben las actividades y servicios no autorizados en el espacio público (art. 33.2). Se prohíbe ofrecer bienes o servicios a los ocupantes de vehículos (art. 41.2). |
| Folletos | Prohibido | Se prohíbe entregar folletos a peatones o conductores, o colocarlos en los parabrisas, si anuncian "cualquier tipo de actividad, producto o servicio" (art. 18.1.n). Hasta 750 €. |
Conviene saber
- Ordenanza de convivencia ciudadana en espacios de uso público, BOP Málaga nº 115, 18 de junio de 2019.
- La ordenanza de ocupación de la vía pública de 2025 solo regula terrazas, toldos y expositores comerciales.
Marbella prohíbe todo folleto comercial en la calle. Una norma contra la basura, como la de Sitges, resolvería el problema real sin prohibir el formato.
Preguntas
- ¿Puedo usar una bicicleta publicitaria en Marbella?
- Las ordenanzas que hemos leído no lo dicen. No se menciona. Eso no equivale a un permiso: consulte con el ayuntamiento antes de empezar.
- ¿Puede circular una furgoneta publicitaria por Marbella?
- Las ordenanzas que hemos leído no lo dicen. No se regula en las ordenanzas de convivencia ni de ocupación de la vía pública. Eso no equivale a un permiso: consulte con el ayuntamiento antes de empezar.
- ¿Puedo aparcar un vehículo o remolque publicitario en Marbella?
- Las ordenanzas que hemos leído no lo dicen. No se menciona. Eso no equivale a un permiso: consulte con el ayuntamiento antes de empezar.
- ¿Se permiten hombres anuncio en Marbella?
- Las ordenanzas que hemos leído no lo dicen. No se menciona. Eso no equivale a un permiso: consulte con el ayuntamiento antes de empezar.
- ¿Pueden los promotores abordar a los transeúntes en Marbella?
- Sí, con condiciones. Se prohíben las actividades y servicios no autorizados en el espacio público (art. 33.2). Se prohíbe ofrecer bienes o servicios a los ocupantes de vehículos (art. 41.2).
- ¿Puedo repartir folletos en Marbella?
- No. Se prohíbe entregar folletos a peatones o conductores, o colocarlos en los parabrisas, si anuncian "cualquier tipo de actividad, producto o servicio" (art. 18.1.n). Hasta 750 €.
Fuentes
Última revisión: noviembre de 2026. «No se menciona» significa que los textos que hemos leído no dicen nada; no es un permiso. Esta página describe normas públicas y ofrece nuestra opinión; no es asesoramiento jurídico. ¿Algo está desactualizado? Escríbanos. Vea cómo investigamos y nuestra ordenanza modelo.
Otros lugares
Sevilla
ProporcionadaSí para las furgonetas en circulación y, muy probablemente, para las bicicletas. No para estacionar un vehículo como valla publicitaria. El reparto de folletos requiere comunicación previa al servicio de limpieza.
Málaga
ProporcionadaSí para las furgonetas en circulación y, probablemente, para las bicicletas. Los captadores necesitan autorización.
Benalmádena
RestrictivaNi hombres anuncio ni captadores. El reparto de folletos requiere licencia. Los vehículos publicitarios estacionados necesitan licencia o los retira la grúa.
Torremolinos
RestrictivaCualquier vehículo puede llevar publicidad pintada o impresa. Se prohíbe estacionar un vehículo solo para hacer publicidad. No se conceden permisos para el reparto de folletos en la calle.