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Catalunya · Última revisión: noviembre de 2026

Bicis, furgonetas y equipos de calle publicitarios en Barcelona

Vehículos publicitarios solo para los fines tasados, con licencia discrecional y franjas horarias prohibidas. El reparto de folletos requiere licencia.

Restrictiva  Estado: Verificado en los textos originales

BicisCon condiciones
FurgonetasCon condiciones
EstacionadosCon condiciones
Hombres anuncioNo se menciona
PromotoresNo se menciona
FolletosCon condiciones
FormatoEstadoLa norma
Bicis publicitariasCon condicionesMuy probablemente incluidas en las mismas normas sobre vehículos.
Furgonetas en circulaciónCon condicionesSolo pueden obtener licencia en los supuestos tasados, como las actividades temporales de grupos políticos o sociales (Llei 9/2000, art. 14). Prohibidas de 14:00 a 17:00 y de 22:00 a 09:00 (art. 15.3).
Vehículos publicitarios estacionadosCon condicionesMisma regla de fines tasados.
Hombres anuncioNo se mencionaNo se menciona en los textos consultados.
Promotores en la calleNo se mencionaNo hemos encontrado una norma general. La promoción de rutas etílicas por cualquier medio está prohibida en toda la ciudad por decreto desde el 29 de octubre de 2025.
FolletosCon condicionesLicencia. A un mínimo de 100 m del local anunciado y de 50 m de los accesos al transporte público (OUPU, art. 84.1). Prohibido arrojarlos y colocarlos en vehículos.

Conviene saber

  • Se prohíben los efectos luminosos y sonoros (OUPU, art. 84.2).
  • Multas por publicidad sin licencia: 3.005–30.050 €.
  • Marzo de 2019: se presentaron denuncias contra el autobús de HazteOír, con posibles multas de hasta 60.000 €.
Nuestra opinión

La ley autonómica que se aplica en Barcelona permite a los grupos políticos y sociales utilizar vehículos publicitarios, pero no ofrece una vía clara a los usuarios comerciales. Proteja lo que proteja, no es la calle. Una licencia abierta a todos, con los mismos límites horarios, sería más justa y no perjudicaría más a los vecinos.

Preguntas

¿Puedo usar una bicicleta publicitaria en Barcelona?
Sí, con condiciones. Muy probablemente incluidas en las mismas normas sobre vehículos.
¿Puede circular una furgoneta publicitaria por Barcelona?
Sí, con condiciones. Solo pueden obtener licencia en los supuestos tasados, como las actividades temporales de grupos políticos o sociales (Llei 9/2000, art. 14). Prohibidas de 14:00 a 17:00 y de 22:00 a 09:00 (art. 15.3).
¿Puedo aparcar un vehículo o remolque publicitario en Barcelona?
Sí, con condiciones. Misma regla de fines tasados.
¿Se permiten hombres anuncio en Barcelona?
Las ordenanzas que hemos leído no lo dicen. No se menciona en los textos consultados. Eso no equivale a un permiso: consulte con el ayuntamiento antes de empezar.
¿Pueden los promotores abordar a los transeúntes en Barcelona?
Las ordenanzas que hemos leído no lo dicen. No hemos encontrado una norma general. La promoción de rutas etílicas por cualquier medio está prohibida en toda la ciudad por decreto desde el 29 de octubre de 2025. Eso no equivale a un permiso: consulte con el ayuntamiento antes de empezar.
¿Puedo repartir folletos en Barcelona?
Sí, con condiciones. Licencia. A un mínimo de 100 m del local anunciado y de 50 m de los accesos al transporte público (OUPU, art. 84.1). Prohibido arrojarlos y colocarlos en vehículos.

Fuentes

  • Llei 9/2000 de publicitat dinàmica
  • Ordenança dels Usos del Paisatge Urbà
  • Ordenança de convivència, 2005/2006

Última revisión: noviembre de 2026. «No se menciona» significa que los textos que hemos leído no dicen nada; no es un permiso. Esta página describe normas públicas y ofrece nuestra opinión; no es asesoramiento jurídico. ¿Algo está desactualizado? Escríbanos. Vea cómo investigamos y nuestra ordenanza modelo.